CRÓNICA DE UN DESPERTAR POLÍTICO ELECTORAL EN TIERRAS ZENÚES

 


El 11 de marzo de 1990 no fue un día cualquiera. Colombia entera se movía al ritmo de las urnas: se eligieron todos los cuerpos colegiados, hubo elecciones municipales para concejos y alcaldes, se votó para las asambleas departamentales, se realizó la consulta liberal para escoger su candidato presidencial y, además, se convocó por primera vez al pueblo a pronunciarse sobre una Asamblea Constituyente. Era un país en ebullición, buscando reinventarse desde sus cimientos.

Yo tenía apenas 17 años.

Días antes —o mejor, en esos días de campaña— me subí por primera vez al camión del Indio Covo de San Andrés de Sotavento. Recuerdo el polvo levantándose en las trochas y vías destapadas, el murmullo de la gente, los rostros expectantes. Era la primera manifestación política que veía en mi vida. No entendía del todo lo que pasaba, pero algo en el ambiente me decía que aquello era importante.


Mi madre fue quien me empujó a ir. “Ve, que los indios lo van a apoyar; escucha y aprende lo bueno, métete en esas cosas, para algo sirven”, me dijo. Y yo fui. Hoy, todavía le doy las gracias.

Mi padre, en cambio, miraba todo con recelo. “Eso no es bueno”, murmuraba, sin apartar la vista de sus gallos de pelea en las tardes ardientes de verano. Entre espuelas y polvo, su desconfianza también era una forma de entender la política.

El Indio Covo —sí, ese mismo que merece capítulo aparte— no era un personaje cualquiera. Su nombre se entrelaza con la historia del movimiento indígena de San Andrés de Sotavento, con las luchas de las décadas del 80 y 90, con las movilizaciones del pueblo zenú reclamando lo que siempre les perteneció. Fue parte de esas jornadas que llegaron hasta Montería, de esa toma que logró, entre otras cosas, la inclusión del resguardo en el Plan Nacional de Rehabilitación- PNR.

Para entonces, yo todavía no podía votar. Miraba, escuchaba, aprendía.

Pero el tiempo pasó.


En 1994 ya tenía en mis manos la cédula, y con ella, el derecho a decidir. En San Andrés de Sotavento la contienda por la alcaldía parecía clara: de un lado, Eder Eduardo Espitia, joven zenú, estudiante, profesional, cargado de ideas y esperanza; del otro, Juan Bautista Casado Romero, político curtido, conocedor de los caminos y atajos del poder.

Eder no era solo un candidato. Para nosotros era “el Pollo”, el nuestro, el que venía de la ciudad con discursos frescos y con la fuerza de una causa que iba más allá de la política tradicional. Había caminado con líderes indígenas, había respirado el aire de lucha de las universidades, donde la justicia social no era un eslogan sino una convicción.

Después del colegio —aunque, pensándolo bien, ese año casi no estudié— me iba a observarlo al negocio del señor Germán Gómez. Algo me llamaba. Tal vez era el deseo de pertenecer, de hacer parte de esa organización indígena que florecía entre cerros, entre el olor dulce del mango maduro, la patilla abierta bajo el sol, el melón, el níspero, el caimito y el tamarindo que aliviaban el calor implacable.

Lo seguíamos con fe. Para nosotros, ya era el alcalde.

Pero la política, como la vida, rara vez sigue el camino esperado.

Al momento de inscribir los candidatos, aparecieron tres. Y lo más desconcertante: dos de ellos con sombrero vueltiao. Dos símbolos iguales para representar realidades distintas. En las esquinas, en las tiendas, en los caminos, la gente no hablaba de otra cosa:

“¿Qué pasó aquí?”

“¿Qué fue lo que hicieron?”

“¿Ahora sí se jodió esto?”

El día de las elecciones, el 30 de octubre de 1994, nada salió como se había planeado. Las urnas hablaron, pero su voz no fue clara. Algunos dijeron que hubo presiones; otros, que fue un error; no faltaron quienes hablaron de traición o de robo. La verdad, como suele ocurrir, quedó suspendida en el aire, sin que nadie lograra atraparla del todo.


Eder Espitia perdió. Por poco, pero perdió.

El elegido fue Juan Carlos Casado, quien gobernaría entre el 1 de enero de 1995 y 1997, conforme a la Ley 163 de 1994, que fijó el último domingo de octubre para las elecciones locales y el inicio de los periodos el primer día del año siguiente.

Quedó entonces un sabor amargo. Una mezcla de frustración y silencio. El cuerpo cansado, el ánimo golpeado, el espíritu del pueblo zenú herido.

Y sin embargo, también quedó algo más.

Quedó la esperanza.

La idea persistente de que algún día —no muy lejano— las tierras del gran Zenú serían gobernadas por uno de los suyos. No un rey, como en tiempos antiguos cuando se proclamó a Jesús Luis de Rojas en el siglo XVIII, sino algo más sencillo y más poderoso a la vez: un alcalde.

Un hijo de la tierra.

Un descendiente de Mexión y Manexka.

Alguien que entienda que gobernar no es mandar, sino cuidar lo que ha resistido siglos.

Tal vez ese día aún no ha llegado.

Pero desde aquel 11 de marzo de 1990, cuando me subí por primera vez a un camión lleno de voces y esperanza, supe que la historia —la nuestra— apenas comenzaba.

 

  



EDUARDO PEÑA NOVA
Historiador- Universidad Nacional
Especialista Gestión Pública ESAP
Exgobernador cabildo indígena Chibcariwak
Para más información: Yuotube@presenciazenu

 

Bibliografía

Vladimir Daza V., “Locura y tributo indígena: un mestizo de Sampués se proclama Rey con el título de Luis I (un caso de mesianismo en el Caribe colonial, 1776)”, Memorias. Revista Digital de Historia y Arqueología desde el Caribe (E-ISSN: 1794-8886), Universidad del Norte, Colombia. Fuente documental: Archivo General de la Nación (Colombia), Sección Colonia, Fondo Milicias y Marina, año 1766.

Documental Los indígenas Zenúes, historia de sus luchas y sueños. Publicado en YouTube, 22 de octubre de 2019.

“Decide el Gobierno que los indios NO existen”, documental de Gabriel Vieira y William Villa (versión completa). Publicado el 13 de abril de 2017. The Zenú indigenous people is known in Colombia as “Indian farmers” because, despite losing their own language, they continue to claim recognition as an indigenous people.

Santos Pérez, Antonia, e Ibeas, Miguel Juan. Elecciones y reformas políticas en Colombia (1990-1991). Revista de Derecho Político, n.º 40, 1995, pp. 341–378.



Comentarios